DECISION:
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada IRIS TORREALBA, actuando como apoderada de la parte demandante, contra la sentencia que declaró inadmisible la recusación interpuesta en contra del Juzgado Superior Tercero en lo Civil Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en el juicio que por QUERELLA INTERDICTAL DE RESTITUCIÓN por DESPOJO intentado por el ciudadano ANTOUN CHEDIAK contra los ciudadanos NUBIA MENDOZA Y HÉCTOR LÓPEZ.
Queda así CONFIRMADA la sentencia apelada.
De conformidad con el 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al libro respectivo.
Regístrese, publíquese y bájese.