CONDENA al ciudadano GIOVANNY RODIRGUEZ YEPEZ plenamente identificado en autos a cumplir la pena de TRES (3) AÑO DE PRISION, por la comisión del delito de ESTAFA CONTINUADA, previsto en el artículo 464 del Código Penal y el Articulo 5 de la Ley que reforma dicho Código, en concordancia con el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal. La dispositiva de esta sentencia se pronunció y leyó en Audiencia Oral celebrada en la sala de Audiencia de Juicio del Palacio de Justicia del Estado Lara, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal.