Dispositiva.
Hechas las consideraciones que preceden, este Tribunal en Funciones de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: Se declara culpable y en consecuencia se condena al ciudadano: Leonardo Jesús Urquía, venezolano natural de Puerto Cabello, Estado Carabobo, nacido en fecha 07-03-1983, de 24 años de edad, soltero, de profesión u oficio: buhonero, hijo de Sonia Marisela Urquia y Arturo Ramón Sánchez, titular de la cédula de identidad N° V-17.026.924, residenciado Los Lanceros, Manzana B-5, Casa N° 14 frente a la Bomba de Agua, Puerto Cabello, Estado Carabobo; a cumplir la pena de tres (03) años de prisión, pena esta que resulta de la aplicación del termino medio, previsto en el artículo 451 del Código Penal Venezolano Vigente, por la comisión del delito de Hurto Simple, prev.....