En mérito a las razones que preceden, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la Republica de Venezuela y por Autoridad de la Ley; a tenor de lo dispuesto en el artículo 244 del COPP, DECLARA PROCEDENTE, la solicitud de la Abg. Abg. AURA GARCIA, IPSA 433381, con el carácter de defensora privada de los ciudadanos JESUS ALBERTO ARROYO GONZALEZ, LIONAR ALBERTO ALVARADO HERNANDEZ, GOINGER ENRIQUE MENDEZ HERNANDEZ, FRANKLIN JOSE DORANTE PEREZ, Y CARLOS OSWALDO ORTIZ MARTÍNEZ, se Decreta el DECAIMIENTO de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad impuesta contenida en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, numeral 3º, por la presunta comisión de los hechos que el Ministerio Público ha precalificado como Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y uso de Adolescentes para delinquir, tipos penales previstos y sancionados en los ar.....