D E C I S I Ó N
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la ciudadana SIERRALTA BETANCOURT BLANCA LETICIA contra la sentencia interlocutoria de fecha 01 de Noviembre de 2010, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, que declaró CON LUGAR la oposición a la suficiencia de la caución presentada por la representación judicial de la demandada que pretendía la sustitución de la medida preventiva de embargo, decretada en fecha 04/06/2010 en el juicio que por Cobro de Bolívares a través del procedimiento especial por intimación intentado por HERIMAR MILAGROS PEREZ RIERA contra SIERRALTA BETANCOURT BLANCA LETICIA, ambas previamente ident.....