DISPOSITIVA
En razón de lo anteriormente expuesto este Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal de Barquisimeto Estado Lara, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA, por encontrarse llenos los extremos del numeral 1º del artículo 44 de la Constitución y el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal del ciudadano MICHAEL RICARDO CUARTT OROPEZA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-24.485.791.- SEGUNDO: se admite la precalificación fiscal por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN LA EJECUCION DEL ROBO, previsto y sancionado en el articulo 406 numeral 1 del Código Penal, EXTORSION, previsto y sancionado en el artículo 16 de ley contra el secuestro y la Extorsión, USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 264 de la LOPNNA, ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37, 27 y 4, ordina.....