Con fundamento en todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, declara CULPABLE a la ciudadana CORINA JOSEFINA GOMEZ GOMEZ, venezolana, de 38 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio del hogar, natural de Cumaná, nacida en fecha 15/05/1974, Titular de la Cédula de Identidad Nº 13.042.633, hija de Nancy Gómez (F), padres desconocido, residenciada Barrio el Peñón, calle principal La Pradera, primera entrada, casa s/n, cerca de la bodega de Ziomara, Cumanà, Estado Sucre, de la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el articulo 149 en su encabezamiento concatenado con el segundo aparte del mismo articulo de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, en consecuencia se les condena a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de Le.....