Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al ciudadano ALBERTO SIGFRIDO GODOY PIÑA, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.238.262, residenciado en la Urbanización la Carucieña Sector 2, Nº 60 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 1º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, al estimar este Tribunal que del análisis de las actas que integran esta causa, no surgen los elementos necesarios que permitan determinar la comisión de hecho punible atribuible a la acción del imputado. Se mantiene la situación de retención del vehículo decidida por éste mismo Tribunal en fecha 14 de Julio de 2006, en la cual se negó al ciudadano FRANK OSWALDO QUIROZ SANTELIZ, la entrega del vehículo objeto de esta causa, p.....