DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: 1.- MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, al imputado JHONNY GREGORIO HEREDIA AGRAY, venezolano, natural de Araure Estado Portuguesa, donde nació el 19-04-1981, de 25 años de edad, Soltero, domiciliado en la Calle 17, casa SINO., del Barrio Divino Niño, Araure Estado Portuguesa y titular de la cédula de identidad No. y- 17.276.182, por imputársele la comisión de los delitos de ROBO A TRANSPORTE PUBLICO, previsto y sancionado en el artículo 357 ultimo aparte del Código Penal, en perjuicio de ROSA AURA MARTINEZ LEON, FRANKLIN GIOVANNY BOLIVAR PEREZ y KERVIS NEOMAR AULAR. 2.- SE CALIFICA LA DETENCION EN SITUACION DE FLAGRANCIA. 3.- SE ORDENA LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ABREVIADO.
Se orden el reintegro de los imputados, y.....