acuerda modificar el contenido de la sanción de reglas de conducta consistentes en estudiar, impuesta al sancionado xxxxx por la de realizar alguna actividad laboral, como bien lo solicitara la defensa, por el lapso que le falta por cumplir, es decir, cinco (05) meses y ocho (08) días, que vencerán el día 15-07-07. De conformidad, con lo establecido en el artículo 646 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y 647 literal "e" de la referida Ley. Se acuerda que el sancionado consigne constancia actualizada de trabajo el día 04-05-07 a las 11:30 a.m., así como el día 10-07-07 a las 11:30 a.m. Asimismo se acuerda con lugar lo solicitado por la defensa, en el sentido que se conceda un plazo prudencial, a los fines que el sancionado consigne la constancia de trabajo, en el consorcio Casete, para que sea agregada al expediente y se evidencie que el mismo estaba realizando una actividad de su provecho, por lo que se le concede un plazo de 15 días para que el sanci.....