En base a las precedentes consideraciones esta SALA 2 de la CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada LEONCY LANDAEZ ARCAYA, Fiscal Vigésima Quinta del Ministerio Público en el Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello. SEGUNDO: ANULA la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 01 de este Circuito Judicial, en fecha 06 de Diciembre de 2007, en la causa N° GP11-P-2007-002679, mediante la cual decretó la nulidad absoluta del procedimiento policial en el cual se detiene a los ciudadanos SERVEN CORREA DARWIN EDISON y ERNESTO RAMON REYES MUÑOZ, de conformidad con los artículos 190 y 191 del Código Orgánico Procesal Penal y ordena la inmediata libertad sin restricción alguna de los referidos imputados.