Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación,
Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, de
conformidad con lo previsto en los artículos 253 y 258 de la constitución de la República Bolivariana
De Venezuela, 261 y 262, del código de procedimiento civil, en concordancia con el 19 de la ley
orgánica del trabajo, los trabajadores y las trabajadoras. En nombre de la República Bolivariana De
Venezuela y por autoridad de la ley, homologa el presente acuerdo y le otorga fuerza de cosa
juzgada, ya que es ley entre las partes, así mismo por cuanto se observa el cumplimiento total de la
misma, se declarara terminado el presente proceso y se ordenara el archivo del presente expediente
verificado como haya sido su cumplimiento total de lo acordado, se elaborara la presente sentencia, la
cual será suscrita por el juez y el secretario. Publíquese y regístrese y déjese copias certificadas.
Líbrese oficio.
La Jueza
Abg. ZO.....