Visto el escrito de DESISTIMIENTO, presentado en fecha 31/01/2023 ante la U.R.D.D, presentado por la abogado MARIA ELENA DIAZ VARELA, inscrita en el I.P.S.A, bajo el Nro. 226.317 respectivamente, apoderada judicial de la parte actora ciudadanos MARIELA COROMOTO GALLEGOS PACHECO, titular de la cédula de identidad No. V- 4.381.566, ARMANDO JOSÉ GALLEGOS PACHECO, titular de la cédula de identidad No. V- 5.249.133, se acuerda por ser procedente, en consecuencia se ordena HOMOLOGAR el Desistimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, téngase la forma de auto composición procesal presentada, como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Y así se decide. Se da por terminado el juicio. Remítase al archivo judicial para su guarda y cuido.