Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 337 del Código Orgánico Procesal Penal, declara formalmente la interrupción del debate en la presente causa seguida al ciudadano ERNESTO JOSE NUÑEZ, por la presunta comisión del delito de Homicidio Intencional previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal, en perjuicio de JHONNY JOSE MARCANO, y fija como nueva oportunidad para la realización del juicio oral y publico el día cuatro de Abril de dos mil seis (04/04/2006) a las 10:00 a.m