En esta misma fecha se publicó auto de apertura a juicio en donde se admitio totalmente la acsuacion presentada por el Ministerio Público en contra de los ciudadanos ALBERTO NEGRIN, NESTOR JOSE QUIÑONES, y NESTOR JOSE QUIÑONES y FRANCA JOSEFINA VIVIANO BRITO, por el delito de Trafico de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo el 31 en su encabezamiento con las agravante contenida en el artículo 46 numerales 5 y 8 de la Ley Contra el Trafico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; Se impuso a los imputados de los medios alternos a la prosecución del proceso; Se declaró sin lugar la excepción opuesta por la defensa; Así mismo se mantuvo la medida judicial de privación de libertad que pesa en contra de los prenombrados ciudadanos, resolviendo la petición efectuada por la defensa; Se admitieron las pruebas presentadas por el Ministerio Público y la defensa. Notifiquese. Remítase.