En este estado, la Juez Segundo de Juicio informa a los presentes que vista la incomparecencia de la parte demandante, en aplicación a lo previsto en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declara el desistimiento de la acción intentada por las ciudadanas NIDIA DEL CARMEN ACEVEDO MARTINEZ, MARIA ELENA NUÑEZ TAGLIAFERRO y MARIA JUANA TORREALBA contra la ciudadana NILLI MUCHATTI ZAHER DE DIAZ. Es todo. Se concluyó el acto, se leyó el acta, conformes firman.
Juez 2° de Juicio, Secretaria Accidental,
Abg° Gisela Gruber. Abg° Gabriela Izaguirre
La Apoderada Judicial de la parte demandada