En consecuencia, este Tribunal Agrario la ADMITE a sustanciación en cuanto a lugar en derecho, reservándose su apreciación en la definitiva y se fija para el día JUEVES DOCE DE ABRIL DEL 2012, a las 8:30 de la mañana, para la práctica de la misma, ordenándose oficiar al Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras (ORT-Lara), para que se sirva designar un funcionario adscrito a esa Dependencia equipado con GPS y con conocimientos técnicos en la materia, a la Guardia Nacional Bolivariana, a los fines de la custodia de este Tribunal.
Se fija un lapso de treinta (30) días de despacho para la evacuación de las pruebas promovidas y admitidas, a partir del día siguiente al presente auto, de conformidad con lo establecido en el artículo 221 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.