VISTO.- El convenimiento suscrito por los ciudadanos ALCIDES RENE MONSALVE CEDILLO y LILIANA ERAZO CONTRERAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-10.719.341 y V-9.475.693, asistidos por la abogada en ejercicio MARYORIE JANETTE GUILLEN ARAQUE, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 190.560, quienes acuden a solicitar, como en efecto lo hacen, de manera amistosa y de mutuo y común acuerdo a LA PARTICIÓN Y LIQUIDACION AMISTOSA DE LOS BIENES QUE INTEGRAN LA COMUNIDAD CONYUGAL; quienes exponen que en fecha seis (6) de febrero del año dos mil quince (2015) y según Expediente Nº 09370, se declaro disuelto el vinculo matrimonial contraído por ellos. Que durante el matrimonio adquirieron en propiedad los siguientes bienes: PRIMERO: Un apartamento ubicado en la Av. Las Américas de la Urbanización, Parroquia Spinetti Dini, que es parte integrante del Edificio "Residencias Los Geranios II", identificado con el N°6-B del piso 6, el cual tiene una su.....