DISPOSITIVO:
Por los razonamientos precedentemente expuestos y del análisis realizado este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PROCEDENTE la impugnación formulada por la JUNTA LIQUIDADORA representante legal de la parte demandada LACTEOS LA MORANDINA C.A., debidamente identificada en autos, asistida por el Abogado Apoderado CARLOS MANUEL ROJAS, inscrito en el Inpreabogado con el No. 44.490, contra la experticia complementaria del fallo presentada por el Licenciado Vinicio Bocaranda. ASÍ SE DECIDE. SEGUNDO: La estimación definitiva CUATRO MIL QUINIENTOS DOS BOLÍVARES DIGITALES CON CINCUENTA Y OCHO CÉNTIMOS (Bs. 4.502,58). TERCERO: Los honorarios de los expertos, son de QUINIENTOS DIECINUEVE BOLIVARES DIGITALES CON SESENTA CENTIMOS (BS. 519,60) para cada uno de l.....