solo hecho de señalar que el actor no ha querido recibir el pago con la intención de exonerarse o excusarse no es suficiente ya que la Ley aporta mecanismo idóneos para que la empresa proceda a dar cumplimiento con sus obligaciones a pesar de la negativa de recibir el pago el trabajador.- Y ASI SE DECIDE.-
Del análisis probatorio se observa que la empresa no cumplió con la obligación de cancelarle los conceptos laborales reclamados por la actora por lo que se procede en este acto a dictar la presente: