Es por las razones antes expuestas que este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley ACUERDA LA REVISIÓN DE MEDIDA DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 264 DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL Y EN CONSECUENCIA , EXTENDER LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE PRESENTACIÓN del imputado ERICK FERNANDO LA CRUZ, portador de la Cédula de Identidad No. 16.584.209, de presentación semanal a presentación cada treinta dias (30), ante la URDD, de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, la cual empezará a regir a partir de la Notificación del presente auto. Notifíquese a las partes. Registrase. Publicase y Cúmplase
La Juez Segundo de Control
Abg. IRIS RIERA LAMEDA