En consecuencia, este Juzgado del Municipio Bermúdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN a la referida transacción celebrada entre las partes en el presente Juicio, de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.-