Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control Estadal Nº 10 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Extensión Carora, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA de los ciudadanos JESUS ENRIQUE INFANTE ACOSTA, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 21.276.267 y ALBERT FRANCISCO LAMEDA RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 21.275.926, conforme a lo establecido en el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con lo establecido en el artículo 44 numeral 1º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por la presunta comisión de los delitos de ROBO DE VEHICULO, previsto y sancionado en el artículo 5 y 6 numerales 1, 2 y 3 de la Ley de Hurto y Robo de Vehiculo; ASOCIACION PARA DELINQUIR previsto y sancionado en el artículo 37 de la Ley de Delincuencia Organizada; POSESION ILICITA DE ARMA DE F.....