Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuesto, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control con Competencia en Ilícitos Económicos, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, CONSISTENTE EN FIANZA, para el ciudadano JOSE GREGORIO CASTILLO LOPEZ, venezolano, soltero, Cédula de Identidad Número V-16.892.285, nacido en fecha 05/08/1983, de 33 años de edad, comerciante, hijo de Carmen De Castillo Y Miguel Castillo y domiciliado en Marabal cerca de la escuela Marabal casa n°64 de Irapa Municipio Mariño del Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de REVENTA DE PRODUCTOS, previsto y sancionado en el artículo 55 de la Ley Orgánica de Precios Justos, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO y quienes deberá presentar DOS FIADORES DE RECONOCIDA SOLVENCIA MORAL LOS.....