Este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la Demanda de COBRO DE BOLIVARES (VIA EJECUTIVA), seguida por el Abogado ROGELIO TOSTA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 9.902, en su carácter de apoderado judicial de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL CENTRO COMERCIAL Y PROFESIONAL "EL CAMORUCO", contra la SOCIEDAD DE COMERCIO UTM DE VENEZUELA, C.A., en la persona de su Gerente General FARHANG AGAHI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.314.790.
SEGUNDO: Se condena a la SOCIEDAD DE COMERCIO UTM DE VENEZUELA, C.A., a pagar a la parte actora los gastos de condominio generados desde el mes de Junio de Dos Mil Veintiuno (2021) hasta el mes de Junio de Dos Mil Veintitrés.....