este Tribunal en conformidad con lo dispuesto en los artículos 205 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario HOMOLOGA la transacción en los términos expuestos por las partes, declara extinguida la hipoteca en conformidad con lo dispuesto en el numeral 1ero del artículo 1907 del Código Civil. Agréguese a los autos la autorización. Particípese lo conducente al Registro Inmobiliario respectivo. Procédase a requerir de la Entidad Bancaria BANFOANDES cheque de gerencia por la cantidad DOCE MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 12.000.000,00) a nombre del Banco Provincial, Banco Universal C.A , asimismo cheque de gerencia a favor de la parte ejecutada LUISA DE ANGELUCCI y/o GIANNI ANGELUCCI CAMPAGNA, por el saldo existente en la cuenta de ahorro N° 0509410042894, con lo cual quedará cancelada la mencionada cuenta de ahorro. Librense oficios. Se da por terminado el procedimiento una vez conste en autos la entrega de los cheques de gerencia requeridos remítase al Depósito del Archivo Judicial. De igua.....