Con fuerza a la motivación precedente, este Juzgado de Juicio N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, conforme a los artículos 11, 24, 25, 75, 400 y 405 del Código Orgánico Procesal Penal, declara inadmisible la acusación privada presentada por los ciudadanos Ana Ida Fernández, José Ramón Fernández Velásquez, Marianela Fernández Velásquez, Leida Beatriz Fernández Velásquez y Mary Fernández de Pérez, contra los ciudadanos Jorge Wladimir Guillén Zambrano, Josué Daniel Rodríguez Velásquez, Pablo Camargo, Yosman Leonardo Fernández, Ender Fernández Niño, Jorge Luis Rodríguez Suárez, ya que los hechos contenidos en la acusación privada, fueron calificados como Lesiones Intencionales Menos Graves, previsto en el artículo 413 del Código Penal y Daños a la Propiedad Privada, previsto en el artículo 473 ejusdem, el primero de los cuales es de acción pública, cuya investig.....