Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución Nº 3, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCION DE LA PENA y DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, por haber cumplido con la totalidad de la pena corporal al Ciudadano: JUAN DARIO BULLONES ARIAS, portador de la cédula de identidad Nº 16.404.448 quien fuera condenado a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS Y DIEZ (10) MESES DE PRISION, mas las accesorias de ley, por la comisión del delito de DISTRIBUCION ILICITA AGRAVADA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS. Notifíquese al Fiscal Décimo Sexto del Ministerio Público, del Estado Lara, a la defensa, al penado y a la víctima. Acompáñese la notificación con la respectiva copia de la presente decisión y una vez quede definitivamente firme, remítase la totalidad del asunto al Archivo Judicial a los fines de su guarda y custodia. Regístrese, publíquese, .....