DISPOSITIVA
Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en los artículos 621, 629, 646 y 647 literal A, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, acuerda REVOCAR la sanción de Libertad Asistida y Reglas de Conductas, que le fuere impuesta adolescente: SE OMITE POR RAZONES DE LEY, Venezolano, natural de Acarigua Estado Portuguesa, nacido en fecha 30-03-1992, de diecisiete (17) años de edad, titular de la cédula de identidad V. -20. 387. 591, residenciado en La Urbanización Nueva Venezuela, lote C, manzana G Casa Nº 08, Acarigua, Estado Portuguesa. Teléfono 0416-1521134; Hijo de BLANCA NIEVES ROBLES por el lapso de ONCE (11) MESES y DIECINUEVE (19) DIAS e imponiendo en su lugar el cumplimiento de la me.....