Hoy, cinco (05) de mayo de 2014, siendo las 11:30 AM, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, el Alguacil JESUS YEPEZ, encargado de anunciar la misma indica de la inasistencia al acto por la parte demandante y demandada. En consecuencia se deja constancia de la asistencia del Procurador de Trabajadores MIGUEL TORRES. De conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 203° y 155°.