Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño, Niña y Adolescente y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada Elba Millán, actuando en su carácter de apoderada Judicial del ciudadano Joao De Jesús Goncalves, titular de la cédula de identidad No. E – 80.852.335, IMPROCEDENTE la pretensión acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Joao De Jesús Goncalves, contra la notificación extralitem efectuada el 13 de diciembre de 2014, por el Juzgado de los Municipios Sucre y Cruz Salmeron Acosta del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en tal sentido, CONFIRMA en los términos antes establecidos, la decisión dictada el 06 de marzo de 2014, por el Juzgado Primero de Primera instancia e.....