DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre la República y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada PASTORA SEIVA, Apoderada Judicial de la parte actora, en contra de la sentencia dictada en fecha 17 de septiembre de 2014 el Juzgado Tercero del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En consecuencia, se ORDENA al Juzgado a-quo pronunciarse sobre las otras Cuestiones Previas interpuestas por el Abogado HIBBERT RODRÍGUEZ ORELLANA, Apoderado Judicial de la parte demandada, en su escrito de fecha 05-06-2014, referentes a los Ordinales 4º y 6º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 340, Ordinales 5º y 6º ejusdem, en el juicio por RESOLUCIÓN DE CONTRATO (CUESTIONES PREVIAS) interpuesto por la ciuda.....