El Tribunal, una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante este mismo Tribunal, promovidas por el mencionado ciudadano JAVIER ANTONIO SILVA, plenamente identificado, y dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de único y universal heredero, y en consecuencia, declara conforme a los autos al ciudadano: JAVIER ANTONIO SILVA plenamente identificado, como ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de la De Cujus: MELECIA SILVA VILLEGAS titular de la cedula de identidad Nro. V.-3.058.178, quien falleció ab-intestato, el día diecisiete (17) de noviembre de 2016, según consta de copia certificada de acta de defunción Nº 1017, Tomo V; año 2016 emanada de la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Rafael Urdaneta del Municipio Valencia del Estado Carabobo. Y así se decide.
Devuélvanse las.....