-IV-
DECISIÓN
Por todas las razones expuestas, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BEJUMA, MONTALBAN Y MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a derecho declara: PRIMERO: RECONOCIDO EN SU CONTENIDO Y FIRMA el documento privado de Compra Venta suscrito entre los ciudadanos SORAIDA JOSEFINA CORRALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad, V-7.131.862, y LUISA ANAIS ESCALONA BRITO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 15.722.136 , residenciada en en la calle Galileo con Portugal edificio El Sol la Gran Canarias España, de conformidad con lo establecido en el último aparte .....