Este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR EL PETITORIO Y PROCEDE A LA EJECUCION DEL DECRETO DE INTIMACION COMO SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, de conformidad con lo establecido en el Articulo 651 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese y déjese copia certificada de esta decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a los Siete (07) días del mes de junio del año Dos Mil Cinco. Años: 195 de la Independencia y 146 de la Federación.
El Juez Provisorio,
ABOG. FRANCISCO ROMAN ZAMBRANO GOMEZ.
La Secretaria,
ABOG. BETTSIMAR BARRIOS C.
En esta misma fecha, se registró bajo el Nº 17 -2005, se publicó siendo las 10:30 de la mañana, se libró copia certificada.
La Secretaria,