Revisada la presente causa signada con el N° RL11-P-2002-000061, seguida al penado, Ramón José Urbina Rodríguez. Hágase Nuevo Computo, del tiempo de la pena que ha cumplido, de conformidad con el artículo 479 Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, evidenciándose en la presente causa, que el referido penado fue sentenciado a cumplir la pena de Cinco (5) Años, de Presidio. Por la comisión del delito, de Violación en Grado de Tentativa,