Este Tribunal Segundo de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Se DECRETA COMO FLAGRANTE LA DETENCIÓN del adolescente, OMISSIS, por estimarlo presuntamente incurso en la comisión del delito de POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, tipificado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad, conforme a lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal y se ordena continuar el presente proceso por el Procedimiento Ordinario, por mandato supletorio a tenor de lo dispuesto en el artículo 537 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
SEGUNDO: Se Decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD al adolescente OMISSIS, ya identificado, de co.....