VIII
DECISIÒN
Por las razones expresadas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley declara:
INADMISIBLE la presente Acción de Amparo Constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada recibido en este tribunal el trece (13) de abril de 2007, por declinación de competencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, remitido mediante oficio N° 07-0037, del 15/01/07, interpuesto el ciudadano José Gregorio Cestari Paúl, actuando en sus carácter de apoderado judicial de CONSTRUCCIONES E INVERSIONES 261266, C.A., de conformidad con los artículos 26, 27, 49 numeral 1 y 3, 115 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil, contra la Resolución Nº FBSA-200-03, mediante el cual se adjudicó al Tesoro Nacional el vehículo Nissan Serial JN8AZ08W94W322.....