Visto el escrito presentado por la Abog. YELENA MARTINEZ, en el cual informa que su defendido el penado LUIS RAFAEL LUGO COLMENAREZ, a quien le fue concedido el beneficio de Suspensión Condicional de la Pena en fecha 19 de Mayo de 2006, sin que a la presente fecha se le hubiese designado delegado de prueba , y visto que de la revisión del asunto se infiere que en reiteradas oportunidades este tribunal convoco a la audiencia, sin que el penado compareciera, es por lo que se le INSTA para que en el lapso de tres días después de notificada del presente auto, haga comparecer al penado por ante este Tribunal, a los fines de imponerle de las condiciones que le fueron establecidas en su oportunidad, en esta misma fecha notifíquese al penado de su obligación de comparecer con carácter de URGENCIA por ante el Tribunal. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 486, 493, 494 y 499 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, publíquese, notifíquese y cúmplase.