En consecuencia, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Penal con Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, después de decidir en el acto de la Audiencia Oral Preliminar, llevada a efecto en fecha 04-05-2007, en presencia de las partes que integran el presente Asunto Penal, DECLARA LA APERTURA DEL JUICIO ORAL Y PÚBLICO, al Imputado JEAN CARLOS ALMAO, quien se identificó como Venezolano, de estado civil soltero, portador de la Cédula de Identidad No. V- 16.387.366, nacido el 23-03-1985 en Barquisimeto, de 22 años de edad, hijo de Fran Almao, de profesión u oficio: obrero, grado de instrucción 2° año, domiciliado en la Urb. Luis Hurtado Higuera, carrera 2 con calle 3, casa 2-10, vía El Tamunangue, Barquisimeto, telf.: 0251-4415282 y quien actualmente se encuentra detenido en el Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE.....