DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto este Tribunal de Violencia contra la Mujer en Funciones de Control N° 3, Audiencias y Medidas del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA:
PRIMERO: Con lugar la solicitud fiscal, en consecuencia se DECLINA LA COMPETENCIA POR LA MATERIA de la presente causa siendo competente para conocer de la presente causa el Tribunal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 7 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Barquisimeto.
SEGUNDO: Líbrese oficios respectivos a los fines de remitir al Tribunal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 7 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Barquisimeto, en el asunto signado bajo el número KP01-P-2013-6771.
TERCERO: Notifíquese a las partes de la presente decisión. Dada firmada y sellada en la sala de este Despacho a los 07 de Junio de 2013. Es todo, regístrese, publíques.....