Por las consideraciones anteriores, este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se declara CON LUGAR, el recurso de hecho formulado por el abogado FILIPPO TORTORICI SAMBITO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 45.954, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil LÁMINAS LARA, C.A, contra el auto de fecha 05 de abril de 2016, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En consecuencia, se revoca dicho auto, y se ordena escuchar la apelación planteada en fecha 18 de marzo 2016.
Regístrese y publíquese.