ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda de NULIDAD DE ASIENTO REGISTRAL de las actas de asambleas celebradas por la sociedad mercantil INVERSORA VIALOMA C.A., persona jurídica inscrita por ante el Registro de Comercio que llevó el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del estado Falcón, en fecha veintisiete (27) de junio de mil novecientos ochenta y cinco (1.985), bajo el N° 56, folios 110 al 115, Tomo XXIII, de los libros respectivos; incoada por el profesional del derecho LEOPOLDO VAN GRIEKEN, Inpreabogado N° 3.144, actuando como apoderado judicial de los ciudadanos MARIA LOURDES PINTO DE FREITES Y JHON JOSE FREITAS, titulares de las cédulas de identidad Nros. 9.517.088 y E-80.111.513, respectivamente, en contra de la SOCEI.....