369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, considerando que la destinataria de alimentos tiene derecho a que se le garantice su derecho a la subsistencia y a una vida digna, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en decisión de la Juez Nº 2, Sala de Juicio, Sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela
y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda por Cumplimiento de la Obligación Alimentaria, intentada por la ciudadana: ANA ROSA VELASQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular e la cédula de identidad: 9.979.765, contra el ciudadano: CESAR LUIS GUEVARA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro: 9.975.250, en consecuencia, deberá imperativamente cumplir con el aporte el monto por concepto de obligación alimentaria y demás conceptos con sus respectivos montos para contribuir a la satisfacción de las necesidades de su hi.....