Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se DECLARO SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 23 de febrero de 2006, por la ciudadana Reina Marcolina Maramara, asistida por la abogada Elibet Maramara Mendoza, parte actora, contra la sentencia interlocutoria dictada en fecha 20 de febrero de 2006, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Lara, en el juicio por cobro de bolívares interpuesto por la ciudadana REINA MARCOLINA MARAMARA CHAVEZ, contra la ciudadana ELSY DEL CARMEN LEON ROLDAN. Quedó CONFIRMADO el fallo dictado en fecha 20 de febrero de 2006, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Lara. Se condenó en costas a la parte actora de conformidad con lo dispuesto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.