DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Control Nº 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley mantiene la medida de privación judicial preventiva de libertad que en contra del ciudadano RICARDO JOSÉ ALVARADO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 21.503.306, nacido en fecha 13/07/86, de 22 años de edad, soltero, residenciado en caserío El Pandito kilómetro 16 vía Quibor Estado Lara, fue dictada en fecha 29/04/09 conforme a lo establecido en los artículos 250, 251 ordinales 2°, 3° y parágrafo primero y artículo 252 ordinal 2° todos del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de Homicidio Intencional previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, ordenándose en consecuencia su inmediata reclusión en el Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental a .....