este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano YTALO GARCÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 9.607.381 en contra de la empresa COOPERATIVA 19 DE ABRIL R.L y SOLIDARIAMENTE EL CIUDADANO NAUDY PLANAS.
SEGUNDO: Se condena a la empresa mercantil COOPERATIVA 19 DE ABRIL R.L y SOLIDARIAMENTE EL CIUDADANO NAUDY PLANAS a cancelar al demandante ciudadano YTALO GARCÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 9.607.381 la cantidad de DOS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y UN BOLIVAR FUERTE CON DOS CÉNTIMOS (BF.2.271,2), por concepto de Prestaciones Sociales y demás indemnizaciones laborales por la terminación de la relación de trabajo, en razón a los cálculos indi.....