"...este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: LA CADUCIDAD de la acción o recurso de impugnación intentada por la ciudadana Miria Isabel Marquina Vivas, actuando con el carácter de propietaria de un inmueble ubicado en la avenida "Cardenal Quintero", residencias "Cardenal Quintero", IV etapa, edificio 04, apartamento nº 4-21, parroquia Spinetti Dini, municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, en contra de la Junta de Condominio Residencial "Cardenal Quintero", IV etapa, torres III y IV, por Nulidad del Documento denominado "Asamblea General de Copropietarios de las Residencias Cardenal Quintero, Torres III y IV". Así se decide..."