DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, Declara: PRIMERO: Se decreta EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES que conforman la presente causa, de conformidad con lo previsto en el artículo 364 del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que en fecha 22-04-2016, se le estableció a la Fiscalía del Ministerio Publico, un lapso de 60 días para `presentar su acto conclusivo, venciéndose el mismo el 23-06-2016. SEGUNDO: Cesa la condición de imputados de los ciudadanos: 1.-) FRANCISCO JOSE GONZALEZ ALVAREZ, Titular de la Cédula de Identidad Nº 9.636.813, 2.-) ORLANDO JESUS GONZALEZ ALVAREZ, Titular de la Cédula de Identidad Nº 20249070; 3.-) JOSE ANTONIO INFANTE INFANTE, Titular de la Cédula de Identidad Nº 25.824.114; 4.-) GLAUDY AMARO ALVAREZ GONZALEZ, Titular de la Cédula de Identidad Nº 9.853.630, quienes se encuentran incursos en el delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDA.....