Se registró y publicó decisión mediante la cual este Juzgado de Sustanciación. ADMITIÓ la demanda; ORDENÓ notificar al FGR, SUDEBAN, al MINISTRO DEL PP ECONOMÍA, FINANZAS Y BANCA PÚBLICA, y a la PGR, esta última de conformidad con el art. 109 del Decreto Ley que rige sus funciones, para lo cual se INSTÓ a la parte demandante consigne los fotostatos requeridos para practicar la misma; ORDENÓ solicitar al (SUDEBAN) el expediente administrativo; y, ORDENÓ remitir el expediente judicial al JNSCARC, a fin que se fije la oportunidad para la celebración de la Audiencia de Juicio de conformidad con en el art. 82 de la LOJCA.